lunes, 16 de mayo de 2016

REGISTROS DE COMITÉ SST Y DE REGLAMENTO SSO en el SUT, 24 TAREAS A CUMPLIR

SUT,  Sistema de Único del Trabajo, es el módulo de Seguridad y Salud  en el Trabajo, mediante el cual la Unidad de Seguridad y Salud del Ministerio del Trabajo de Ecuador, facilita a las empresas el registro de su Comité SST  y  de su Reglamento de Higiene y Seguridad Ocupacional.  Tiene por base legal el Acuerdo Ministerial MDT-2015-135La inscripción on line inmediatamente permite la impresión de los informes que constituyen  los  certificados de registro y aprobación y por ende vigencia legal correspondiente del Comité SST y del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional.  Para el uso del SUT,  existe el Manual de Usuario, que nos guía paso a paso.
El objetivo de esta publicación es alertar al Representante Legal y al equipo directivo de aquellas empresas que no trabajan sistemáticamente en el proceso de seguridad y salud ocupacional, sobre la  importancia  e incidencia de los compromisos aceptados y el  trabajo que implican en la empresa.  Si bien, con simplemente hacer clic  de  afirmación a cada recuadro se obtiene los referidos certificados (pues a la fecha, no existe verificación de  documentos y hasta se ha derogado la auditoria del sistema de  gestión en SSO),  cuando miramos la ruta a seguir para cumplir los compromisos aceptados, vemos que se requiere un plan, un presupuesto, un coordinador que gestione e incluso una tarea de verificación y seguimiento que nos asegure el cumplimiento proclamado.
Ingresando al SUT, en la hoja del módulo, luego de hacer clic  de afirmación a las 51 exigencias,  se les recuerda a los Representantes Legales que de acuerdo al Mandato Constituyente Número 8, Art. 7, por incumplimiento, las multas estarán entre 3 y 20 salarios básicos unificados. Y se advierte que la información registrada es un documento público y legal, sujeta a revisión ex post del Ministerio del Trabajo.  
A continuación les presento una lista no exhaustiva de lo que debe hacer la empresa después de dar clic de registro y aprobación de Comité SST y Reglamento SSO  en la página web SUT del Ministerio del Trabajo, para dar cumplimiento a los compromisos que en ese momento ya se está declarando que se cumplen:

  1. Disponer de las actas de constitución del Comité SST, debidamente firmadas.
  2.  Disponer del acta mensual de reunión del Comité SST.
  3.  Nombrar comisiones y realizar inspecciones con enfoque al orden y la limpieza, y con  enfoque a identificar condiciones subestándar de trabajo (listado de potenciales condiciones subestándar las puede encontrar en la Resolución C.D. 513  páginas 60 y 61); se debe utilizar formatos personalizados para el registro y seguimiento.
  4. Cuando haya un accidente, en el acta de reunión del Comité SST, debe constar la actividad de análisis de las acciones correctivas que se indique en el informe de investigación de dicho accidente (generalmente realizado por el Coordinador de Prevención o por una Comisión del Comité SST), esto implica que debe existir (actualizado) un procedimiento para investigación de incidentes, accidentes y enfermedades ocupacionales y obviamente, el conjunto de formatos.
  5. Implementar un programa permanente de mantenimiento de instalaciones, máquinas, herramientas (según la actividad de la empresa).  Se debe evidenciar con los formatos diligenciados.
  6. Proveer a los trabajadores de la vigilancia de la salud. Esto es, contratar un médico ocupacional que en forma periódica o permanente (según el número de trabajadores), respalde un programa de prevención de salud ocupacional en la empresa.
  7. Entregar gratuitamente el uniforme de trabajo. Se debe mantener registro firmado de entrega-recepción-reposición, para cada trabajador.
  8. Instalar medios de protección colectiva.  El requerimiento dependerá de la actividad de la empresa, pero en general se refiere a: asegurar ventilación y renovación de aire en lugares cerrados de trabajo,  facilitar equipo para detección y respuesta a emergencia, y otros criterios que un profesional de prevención puede determinar,  
  9. Entregar a cada trabajador el equipo de protección personal adecuado.  Por tal razón, se deberá tener el procedimiento escrito para selección, uso y mantenimiento de EPP, identificar la necesidad de EPP para cada puesto de trabajo y el formato diligenciado de entrega-recepción-reposición, para cada trabajador.
  10. Auspiciar y asegurar la realización a los trabajadores de los exámenes médicos ocupacionales de seguimiento.
  11. Dictar charla de inducción en SSO, a todo trabajador que ingrese a laborar a la empresa, generando un registro  firmado.  Esta actividad también debe cumplirse para casos de contratación de personal de gerencia.
  12. Capacitar a los trabajadores en los temas de SSO. Se debe mantener los registros diligenciados evidenciando la instrucción en los temas de SSO. Esto implica elaborar un plan anual de capacitación que dependerá de los requerimientos que un profesional en prevención identifique acorde a la actividad y condiciones operativas de la empresa.
  13. La Gerencia debe revisar las actas de reunión del Comité SST y realizar apuntes de mejora, a las acciones sugeridas por el Comité SST.  Considero que el mismo Secretario del Comité SST debe encargarse de gestionar este cumplimiento y mantener registro.
  14.  Hay que verificar que en el Reglamento SSO, haya una regla que permita detener y prohibir la realización de un trabajo, cuando se percibe riesgo inminente de accidente.  Si no la hay, gestionar su inclusión (para realizar el trabajo, se debe previamente controlar o eliminar el riesgo identificado).
  15.  Hay que asegurar calidad de aire respirable en los puestos de trabajos, para lo cual habrá que evaluar condiciones de temperatura, ventilación  y contaminantes. De existir incidencia de factores de riesgo, se tiene que llevar a cabo un plan de actuación para control o eliminación del o de los problemas.  Y se debe mantener registro de estas actuaciones.
  16. Establecer rutina de inspección, a fin de asegurar que todos los equipos se encuentren en condiciones estándares de operación, con atención especial a los accesorios de protección o guardas, permisivos de arranque, botoneras de parada de emergencia, conexiones de alimentación eléctrica.  Como en todos los casos anteriores, el registro de esta inspección debe tener fecha y firma responsable.
  17.  Asegurarse que cada uno de los operarios tienen el conocimiento, la habilidad y destreza necesaria para operar el equipo o unidad de producción asignado.  Se debe tener registro firmado, de la capacitación y entrenamiento.
  18. Para transportar personal, utilizar vehículo diseñados para transporte de personas.  No transportar los trabajadores en plataformas de vehículos pesados o en baldes de camionetas.
  19. Implementar mecanismos legales de vigilancia para evitar que los trabajadores ingresen a laborar  en estado de embriaguez o bajo efecto de drogas.
  20. Se debe elaborar el plan de emergencia y evacuación.  Es requisito que este documento sea elaborar por un profesional de prevención.  Esto  implica la conformación de brigadas de respuesta a emergencia, al menos: Brigada contra incendio, Brigada de Rescate y Primeros Auxilios y Brigada de Evacuación.
  21. A los brigadistas de primeros auxilios se los debe matricular en cursos de capacitación especializada.
  22.  Implementar la señalización de las rutas de evacuación, colocar las luces de emergencias que resulten necesarias, construir o designar las puertas de emergencia y establecer las zonas seguras y el punto de reunión.  Se entiende que tener el permiso del cuerpo de bomberos, implica contar con sistema de lucha contra incendio.
  23. Publicar el mapa de las rutas de evacuación.
  24.  Adicionalmente,  hay una sección de “Factores de riesgos”  que debió ser diligenciada por un profesional en prevención, para lo cual se debió elaborar una identificación de factores de riesgos y junto a éstas matrices, la Gerencia debió recibir un “Plan de Prevención de Riesgos Laborales”.  El tema es que el Representante Legal, debe asegurarse de la implementación de este plan en la empresa (es posible que algunas de las recomendaciones dadas en este post, estén incluidas en dicho plan). 


Hasta aquí mi colaboración.  Recomiendo a las Gerencias ser prolijos en el trabajo de cada una de las recomendaciones, asignar un coordinador de la actividad, asegurar el registro de evidencia, evaluar las capacitaciones e involucrarse en las acciones de mejoramiento.  Para ayudarse a la gestión de seguimiento, es muy práctico elaborar una matriz de planificación.

Agradeceré sus comentarios y estaré atento de existir alguna pregunta. 


Ingrese al SUT aquí

Otro tema relacinado:  COMITÉ SST

Cordialmente.,
Fernando Dolberg.  MSc.
Consultor -  Asesor en Prevención de Riesgos Laborales 

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Agradezco los aportes y opiniones constructivas para información de todas las partes interesadas.