viernes, 17 de mayo de 2019

REFORMAS LABORALES en ECUADOR, IMPACTO EN LA SST- opinión.

¿CUÁL PODRíA SER EL IMPACTO EN LA SST, A CAUSA DE LAS REFORMAS LABORALES PROPUESTAS en ECUADOR?

De acuerdo a lo que se conoce hasta ahora en Ecuador, del paquete de reformas laborales, que se dice, está orientado a las nuevas empresas­; es claro que existen aristas legales, pero haciendo enfoque desde la SST, el principal efecto visible será la variación del horario y los días de trabajo, ya que la meta será completar las 40 horas  cada 7 días en no más de 12 horas por día, esto conlleva a una revolución en nuestra cultura de trabajo dependiente.
Entonces
Se mantiene la obligatoriedad de la afiliación al IESS.
El empleador mantiene la obligatoriedad de ofrecer un puesto de trabajo saludable (Art. 33 de la Constitución del Ecuador).
Pero...
Aparece un factor de riesgo psicosocial, por la percepción de incertidumbre o inestabilidad laboral,por parte del trabajador, ante las variaciones del requerimiento de trabajo, esto puede inducir a estrés y falta de compromiso y desinterés, el cual está enlazado al deseo de conservar el puesto, que en la nueva condición se presenta totalmente volátil.
Al trabajar según la exigencia de producción, la cual es motivada por la demanda del mercado, se pueden extender horarios a 12 horas  para cumplir un lote, y si ésta operación demanda un importante desgaste o consumo calórico o demanda una postura forzada, estaremos frente a un tema de riesgo ergonómico que fácilmente puede llevar a días de baja laboral.
Por la facilidad legal de ajustar el horario, podría surgir la tendencia de que el trabajador sólo permanece en el puesto de trabajo, para fines de producción, significando que tareas como el mantenimiento preventivo y, el orden y limpieza serán debilitadas y eso puede ser causa indûrecta de accidentes.
  Otra actividad que será restringida, puede ser el tiempo disponible para la capacitación y el entrenamiento, en razón de lo ya indicado, que el trabajador permanece sólo el tiempo que exige el programa de producción. Y aquí habría otra causal de accidentes.
Se podría generar una dilución de la responsabilidad de riesgos, cuando el "nuevo emprendimiento" sea en realidad una maquiladora derivada del desmontaje de un proceso de una empresa ya establecida, y con menos de 10 trabajadores serán opcionales algunas gestiones formales en SST, pues corresponderán al nivel de microempresa, inclusive las fichas clínicas ocupacionales podrán ser tramitadas en el IESS, lo que implicará un cumplimiento a destiempo.
 Es claro que una vez vigentes las reformas laborales, los Responsables de SST, deben generar nuevas estrategias para mantener exitosamente la gestión de prevención de riesgos laborales en el segmento de trabajadores que estarán sujetos a las hoy potenciales reformas laborales.

¿Qué otro impacto identifica usted?  ....Anótelo en comentarios.

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